El auge de los deportes electrónicos, conocidos también como eSports, ha abierto un debate que el propio sector llevaba tiempo reclamando: qué legislación aplicar y cómo aplicarla. La necesidad de armonizar las relaciones entre clubes y jugadores ha pasado a estar en primera línea, ya que ahonda en asuntos como los beneficios por derechos de imagen, las bajas laborales, vacaciones, cotización a la Seguridad Social, visados y permisos de trabajo, entre otros. Conscientes de ello, los abogados de Easyoffer se postulan como árbitros de estos nuevos deportes para aclarar las relaciones contractuales entre clubes y jugadores, el status laboral del ‘gamer’ y la fiscalidad de los ingresos.
«Los jugadores no saben que tienen que ser autónomos, y los empresarios no saben a qué figura jurídica acogerse», señala como uno de los principales conflictos la abogada especialista en eSports Ainhoa Torreblanca, que abunda en la necesidad de «implementar unas normas concretas que acaben con la incertidumbre de ambas partes». “El equipo no sabe cómo contratar o si consolidarse como club o sociedad. Hay una hoja en blanco en la que surgen muchas ideas pero no existe un criterio unificado».
En la actualidad, la unión entre clubes y jugadores se articula con carácter general mediante un contrato mercantil por el cual los profesionales son remunerados por ceder sus derechos de imagen. Aunque la realidad del sector en España apunta a una fórmula quizá más sencilla. “Se llega a un acuerdo por el cual el Club cede el uso de la marca y el jugador representa a ese club en los torneos”, explica Torreblanca.
En esta relación lo habitual es que el equipo pague el desplazamiento, la estancia y la inscripción, y haya un reparto de los premios obtenidos según un porcentaje acordado. Sin embargo, la abogada asegura que «debe llegar un momento en que la situación se regularice con un contrato de trabajo adaptado a la circunstancia de los clubes». En este sentido Easyoffer plantea el siguiente escenario: el jugador/empleado cumple todos los requisitos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores (regularidad, voluntariedad, ajenidad, dependencia y remuneración) por lo que su acceso a un contrato laboral está más que justificado, con las ventajas que ello supone para el profesional.
¿CÓMO COTIZAR?
Los equipos, como personas jurídicas, están constituidas como Sociedades Limitadas, por lo que están obligadas al pago del Impuesto de Sociedades, el IVA y las retenciones de IRPF si tiene empleados, así como los gastos de Seguridad Social que implicaría tener personas a nómina. En el caso de que haya un acuerdo por el cual un jugador ha cedido sus derechos de imagen, estos ingresos pueden computar de cara a Hacienda como rendimiento del capital mobiliario, rendimiento del trabajo, o rendimiento de actividades económicas según cómo se redacte en el contrato.
En cuanto a los jugadores, sus cifras de ingresos varían mucho. Y aunque en España, y Europa, los sueldos están muy por debajo de lo que se puede cobrar en EEUU o Corea, hay jugadores que pueden recibir más de 18.000 euros por participar en un torneo con equipos importantes, según explican los expertos. En su figura de autónomos tendrán que hacer frente a la cuota mensual, y declarar los ingresos obtenidos directamente en concepto de premios a través de la Declaración de la Renta, ya que se trata de un incremento patrimonial.
LA ESTRUCTURA JURÍDICA DE LOS CLUBES
“Es mejor crear una SL y que los contratos tengan características mercantiles o laborales”. Si los eSports fuesen deportes, los clubes podrían asumir las figuras de club deportivo elemental o básico, usadas en otros deportes que facilitan su creación y organización, pero que por el momento no sirven para los videojuegos», asegura Torreblanca. Otra de las fórmulas utilizadas es la de asociación, especialmente para aquellos clubes pequeños que no mueven apenas volumen de dinero y que actúan en competiciones menores.